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El comercio de la vida y la protección jurídica de los animales


Alan David Vargas Fonseca


La prensa nos vincula a todos como comentaristas de la política criminal. El reciente asesinato de una niña en el Valle del Cauca dirige las opiniones públicas al sistema judicial ¿Qué clase de penas? ¿Por qué las autoridades no son eficaces? ¿Qué clase de castigos necesita la sociedad para prevenir el acontecimiento de actos delictivos? En estas notas divulgativas hemos abordado el tema de la política criminal ambiental y advertido su terrible incompletitud hasta el punto de preguntarnos si realmente es útil extender la política de conservación ecológica y ambiental al campo penal. En esta dimensión de la reflexión nos encontramos también debatiendo respecto de los límites que deben existir entre las relaciones humano/animal.


Culturalmente los animales han carecido del estatus de “otro” no podían tener el atributo de sujeto porque se les definía un lugar de “cosa”. Sin embargo, el respeto a los animales tiene su propia trayectoria (y tal vez sea el eje menos notorio para asumir la gestión de los efectos del cambio climático) y estamos empezando a transitar coyunturas donde los voceros animalistas piden la creación de delitos y el establecimiento de penas carcelarias para personas que cometan actos crueles con ellos. Particularmente, en el mes de septiembre de 2024 tuvo cierto eco la noticia de un hombre en Bogotá que estuvo cerca de ser linchado por una comunidad por sus costumbres de abuso sexual y tortura de perros conocidas y denunciadas desde del año 2021.


Los casos extremos se suelen manifestar de ese modo: aberraciones sorpresivas de unánimes reproches, sin embargo, el problema sociológico no es la singularidad repulsiva, sino el sistema cultural que nos hace insensibles y ciegos a la gigantesca maquina torturadora y explotadora de animales. No hablemos en esta ocasión sobre la discusión de reducir y eliminar el consumo de carne, sino del comercio de animales de compañía en Colombia y especialmente en Bogotá.


En una reciente sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca (Sentencia del 10 de octubre de 2024 – Acción Popular, Exp. 2020-00797-00), las abogadas Laura Santacoloma y Mónica García plantaron un debate judicial precisamente en el lugar simbólico de la tortura habituada, aquella que los transeúntes vemos todos los días, mejor decir, ¡que no la vemos! Porque está normalizada: el negocio de la cría, comercialización y tenencia de animales de compañía.


El referido falló a favor de la protección de los derechos colectivos en torno al bienestar animal, declaró que el Ministerio de Ambiente, el Ministerio de Salud, el ICA y otras entidades han incumplido sus obligaciones de regulación sobre la cría, comercialización y tenencia de animales domésticos.


La falta de inspección y control ha facilitado situaciones de maltrato animal en Bogotá, donde varios establecimientos no cumplen con los estándares mínimos. La sentencia subraya la importancia de coordinar esfuerzos interinstitucionales para garantizar el bienestar de los animales, que la ley colombiana reconoce como seres sintientes.

Además, el fallo ordena la implementación de políticas públicas y medidas administrativas que aseguren la adecuada inspección y vigilancia en los procesos relacionados con los animales, poniendo énfasis en la protección de los derechos de los animales y la salud pública.


La responsabilidad recae en las entidades demandadas, que deberán trabajar en conjunto con otras instituciones para corregir las deficiencias y evitar la persistencia del maltrato. El triunfo judicial pone de manifiesto los retos sobre bienestar animal y la necesidad urgente de acciones más efectivas para regular estas actividades en el país. La existencia de instrumentos jurídicos no implica la formulación de una política pública, proceso que además de responder a las tareas urgentes deberá articularse con las nuevas herramientas de educación ambiental con el fin de ir deconstruyendo la natural indiferencia con la que existimos y vivimos en medio de una violencia y una crueldad civilizada.


Este tipo de decisiones judiciales también resaltan la necesidad de abordar con mayor rigor el debate sobre el cambio de paradigma hacia el reconocimiento de los animales no solo como seres sintientes, sino como sujetos de derechos. Este paso, además de ampliar su protección jurídica, tendría una eficacia simbólica fundamental, ayudando a transformar la percepción cultural sobre nuestra relación con los animales. Para que estas acciones legales logren un impacto duradero, es fundamental acompañarlas de un cambio de conciencia que reafirme la dignidad de todas las formas de vida.





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